Mediatización Política
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11/06/2013El protocolo, la regla ceremonial y palatina que se lleva a cabo por decreto a costumbre, también se aplica a situaciones en las que perdemos a un familiar o persona allegada. Hago referencia al solitario protocolo funerario.
El procedimiento que sigue a la muerte de alguien, requiere unas pautas determinadas a tener en cuenta para la celebración de los actos funerarios, que se ven subjetivados por lo dramático y doloroso de la situación en muchos casos, a la vez que coinciden en su organización. Pero aún con multitud de similitudes, si seguimos la definición anterior, el protocolo funerario podemos dividirlo en dos:
Por un lado, hablamos de protocolo funerario cuando a la muerte de una personalidad pública, vecino de una localidad fallecido en circunstancias violentas o debido a un trágico accidente en el que hay víctimas (sean civiles o militares) los actos y honores fúnebres que se llevan a cabo suelen regirse por una normativa determinada.
En caso español, la única normativa que hace referencia al protocolo funerario, es el Real Decreto 684/2010 del 22 de mayo, sobre Reglamento de honores militares.
En él, encontramos especificaciones sobre la colocación de banderas en exterior y los honores a realizar, junto con qué institución será la encargada de organizar y presidir según que defunción, los actos fúnebres. La principal diferencia de esta normativa con la anterior es la referencia que realiza en su disposición adicional cuarta, sobre la aconfesionalidad del estado y la participación voluntaria de los actos religiosos.
Pero si los reglamentos acerca de éste tipo de protocolo son escasos, el protocolo funerario regentado por la costumbre, es multitudinario. Claro está que la tradición social, familiar y cultural de cada territorio nos aporta una riqueza inmensa en la puesta a punto de los eventos funerarios y los procesos que requieren del protocolo específico, incluso se entremezcla con el oficial a la hora de colocar un símbolo como es la bandera, con una corbata o crespón en el interior de las instituciones públicas.
Por ello, cada familia tiene su propio protocolo funerario, el cual, va evolucionando generación tras generación, adoptándose a los nuevos tiempos.
En definitiva, lo oficial y lo extraoficial, han encontrado un punto intermedio de actuación en el protocolo funerario, donde lo público será establecido por ley y lo privado, por tradición, sin olvidar el objetivo de despedida que los eventos y el protocolo funerario nos ayudan a realizar mediante pautas establecidas, de una forma mas ordenada y sencilla de nuestros familiares y amigos fallecidos.